Condiciones generales de Zebrabox

Términos y condiciones generales del contrato de alquiler de trastero de ZEBRABOX España

Visión general
  1. Que Zebrabox es la mercantil prestadora de los servicios objeto del presente Contrato.

  2. Que el Cliente está interesado en el servicio de almacenar en un espacio, bajo su propio riesgo y custodia, durante el tiempo que consta en las condiciones particulares, uno o varios bienes muebles, declarando desde ahora que conoce el estado del mismo, el cual acepta expresamente sin reservas que se halla en perfectas condiciones de utilización.

  3. Que siendo del interés de ambas Partes, otorgan el presente acuerdo, todo ello con arreglo a las siguientes:

El objeto del presente Contrato lo constituye la puesta a disposición de un espacio físicamente delimitado denominado módulo, mini-almacén, trastero y/o box por un tiempo determinado, para el almacenamiento de bienes muebles bajo su propio riesgo y custodia, comprometiéndose el Cliente a retirarlos, dejando el espacio libre, vacuo y expedito a disposición de Zebrabox, una vez transcurrido el tiempo pactado.

A los efectos de este Contrato, se define módulo, mini-almacén, trastero y box como el espacio puesto a disposición del Cliente en los términos establecidos en el presente Contrato.

El Cliente declara haber visto el espacio, estando plenamente conforme con el mismo con la simple firma del presente Contrato.

Las partes definen el presente, como un Contrato de prestación de servicios atípico, e innominado, amparado en el principio de autonomía de la voluntad consagrado en el artículo 1.255 del Código Civil.

Las partes convienen de común acuerdo que el presente Contrato se regirá prioritariamente por los acuerdos establecidos en el mismo, los cuales, siempre que no sean contrarios a derecho, dejarán sin efecto cualquier norma dispositiva que verse sobre materia reguladora por dichos acuerdos.

Los pactos contenidos en el presente Contrato quedan expresamente excluidos del ámbito de aplicación de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, así como las contenidas en el Código Civil en relación con el Contrato de Arrendamiento y con el Contrato de Depósito, y sin que tenga el Contrato, por ende, la naturaleza de ninguno de los mencionados tipos contractuales.

El Contrato se perfeccionará por el libre acuerdo de las Partes, formalizándose mediante la firma de las presentes condiciones. Cualquier modificación de lo dispuesto en las Condiciones requerirá, expreso acuerdo escrito de las Partes.

Las Condiciones aquí estipuladas constituyen la totalidad de los acuerdos existentes entre Zebrabox y el Cliente en relación al presente Contrato. Dichas disposiciones prevalecerán, por lo tanto, sobre cualquier otra propuesta o intercambio de correspondencia o similar anterior a la firma del Contrato, así como sobre cualquier otro acuerdo previo de las partes en relación con el objeto del Contrato.

En el supuesto de que una de las partes omita en una o varias ocasiones exigir la aplicación de una o más disposiciones del Contrato, tal circunstancia no se interpretará como una renuncia de la parte en cuestión a hacer valer la misma o cualquier otra disposición del Contrato, en las mismas o distintas circunstancias.

En el marco de este contrato de alquiler, ambas partes acuerdan que un importe de 1 euro (1€) será donado a la organización no gubernamental FUNDACIÓN EMPRESA Y SOCIEDAD, domiciliada en Madrid, Plaza Pablo Ruiz Picasso 1 (ImpactHub) (28020), y CIF G-81230872, siendo responsabilidad de Zebrabox España la realización de dicha donación y la presentación de los justificantes pertinentes para su deducibilidad fiscal. Que el importe donado se destina al cumplimiento de los fines específicos de Fundación Empresa y Sociedad (proyecto Womanity). Que dicha cantidad se entrega con carácter de donación irrevocable.

El presente Contrato tendrá la duración estipulada en las condiciones particulares del contrato.

Transcurrido dicho plazo se entenderá automáticamente prorrogado por períodos sucesivos, salvo que cualquiera de las partes notifique fehacientemente a la otra su voluntad de no prorrogar.

La prórroga tácita y automática no procederá en caso de que el Cliente no se encuentre al corriente de pago del precio fijado en el presente Contrato o de cualquier otra obligación, sea dineraria o no, contraída con Zebrabox.

La notificación deberá efectuarse con una antelación mínima de quince días naturales a la fecha de terminación del Contrato o de cualquiera de sus prórrogas, en caso contrario, la parte contratante estará obligada a abonar la totalidad del precio hasta el total cumplimiento del plazo pactado en el presente Contrato o de sus sucesivas prórrogas.

A la firma del Contrato el Cliente abona la cantidad referida en el recibo.

Prorrogado el período inicial, el Cliente se obliga a abonar a Zebrabox, el primer día de cada prórroga, el importe del Precio convenido en el Contrato que se renueva.

El Cliente hará efectivo el pago del Precio a Zebrabox, por medio de cualquiera de los siguientes medios de pago; a) pago en efectivo; b) cheque conformado; c) tarjeta de crédito o débito, d) Stripe, e) PayPal f) Recibo bancario; antes de la firma o el mismo día de la firma del Contrato.

Para los siguientes pagos el Cliente deberá proceder a su abono por domiciliación bancaria en la cuenta que designe, excepcionalmente y previa autorización de Zebrabox se podrán emplear otros medios de pago tales como tarjeta de crédito, transferencia bancaria o entrega en efectivo, entre otros, siendo siempre los pagos el primer día hábil de cada mensualidad.

En el supuesto en que el Cliente dé por resuelto el Contrato y desaloje el Módulo con antelación al término del Contrato o de cualquiera de sus prórrogas habiendo realizado la comunicación preceptiva, Zebrabox le devolverá el importe correspondiente al período pagado por adelantado y no utilizado. Dicha devolución se hará en el plazo máximo de 25 días a contar desde el momento en que desaloje el Módulo.

Zebrabox se reserva la facultad de actualizar el Precio cada mes de diciembre de acuerdo con el Índice General Nacional del sistema de Índice de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya. Dicha actualización deberá ser comunicada al Cliente con una antelación de 30 días naturales respecto a la fecha de efectividad de la actualización.

Zebrabox se reserva igualmente la facultad de revisar el importe del Precio y/o condiciones, en cualquier momento una vez transcurrido el plazo de 6 meses desde la firma del Contrato. Dicha revisión requerirá notificación al Cliente con una antelación mínima de 15 días naturales respecto a la fecha de efectividad de la modificación.

Comunicada la revisión de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior, el Cliente podrá dar por resuelto el Contrato mediante comunicación fehaciente a Zebrabox en el plazo de 15 días naturales a contar desde la recepción de aquella. Ejercitada dicha facultad, el Cliente deberá abonar a Zebrabox todas las Cantidades pendientes de pago, sin perjuicio de lo establecido en relación con la retirada de los bienes por parte del Cliente del espacio en cuestión.

En garantía de las obligaciones establecidas en el presente Contrato, en el momento de la firma del mismo, el Cliente depositará a favor de Zebrabox la fianza estipulada en las condiciones particulares, la cual le será devuelta a la finalización del Contrato. En tal sentido, el Cliente acepta expresamente que dicha fianza no devengue interés alguno.

Sin perjuicio de lo anterior, Zebrabox podrá incrementar el Importe de la Fianza a depositar por el Cliente hasta una Cantidad equivalente al Precio correspondiente a la prestación del servicio durante tres meses.

La restitución al Cliente del importe depositado en concepto de Fianza se realizará en el plazo máximo de 25 días naturales desde la finalización del Contrato siempre que el Cliente haya cumplido con todas sus obligaciones, tanto dinerarias como no dinerarias. En el supuesto de que el Cliente adeudara alguna cantidad a Zebrabox, dicha cantidad será detraída del importe de la Fianza.

Sin perjuicio de lo anterior, Zebrabox se reserva el derecho a no devolver el importe de la Fianza en los siguientes Supuestos:

  1. Cuando el Cliente, en el momento de la finalización del Contrato, o en cualquier otro momento en que, según lo establecido en el presente Contrato, fuera requerido por Zebrabox, no retirara sus bienes del Módulo ni haya puesto a disposición de Zebrabox el mismo.

  2. Cuando el Cliente, tras haber incumplido sus obligaciones de pago, y al haber sido requerido para ello por Zebrabox, hiciera efectivas las cantidades debidas pero que haya ocupado el módulo durante más tiempo desde dicho requerimiento manifestando su voluntad de no mantener el Módulo.

  3. Cuando existan desperfectos en el Módulo o en el centro causados por el Cliente.

  4. Caundo el Cliente no hubiere notificado su renuncia a la prórroga automática en plazo a la fecha de terminación del Contrato o de cualquiera de sus prórrogas, y tampoco hubiera abonado la totalidad del precio hasta el total cumplimiento del plazo pactado en el presente Contrato o en sus sucesivas prórrogas.

El Cliente únicamente destinará el Módulo al almacenamiento de bienes, quedando expresamente prohibido cualquier otro tipo de uso o actividad distinta del almacenamiento. En particular, el Cliente se abstendrá de fijar su domicilio social o su residencia particular en la dirección del Módulo, así como consignar dicha dirección en su correspondencia comercial o particular, o facilitarla a efectos de cualquier registro, autoridad u oficina pública o privada.

El Cliente declara que los bienes son de su propiedad, o que ha obtenido el permiso explícito previo de su propietario para almacenarlos en el Módulo y en cuyo caso deberá presentar a requerimiento de Zebrabox una prueba de la propiedad de los bienes, identificando el propietario con su nombre, apellidos, razón social, NIF o CIF y dirección completa.

El Cliente no podrá en ningún caso almacenar ni introducir en el Módulo los siguientes bienes: alimentos o líquidos indebidamente embalados, animales (vivos o muertos), plantas, gases (bajo presión o no), pintura, gasolina, vehículos o aparatos motorizados con más de cinco litros en el depósito de combustible, aceites, solventes o disolventes, armamento, objetos y material bélico de cualquier tipo , explosivos, agentes biológicos, residuos tóxicos, asbesto; objetos, materiales o sustancias combustibles, carburantes, inflamables, químicos, radioactivos, potencialmente peligrosos o nocivos, que emitan humo u olores, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, ilegales u obtenidos ilegalmente; documentos de identidad, pasaportes, teléfonos móviles, dinero en efectivo, acciones, bonos, obligaciones, piedras preciosas o joyas de cualquier tipo.

No obstante lo anterior si, en cualquier momento, Zebrabox, considerase que cualquier bien o enser almacenado no es apto, por la razón que fuere, para permanecer en el Módulo cedido, así se lo hará saber al Cliente, quien se compromete a retirarlo de forma inmediata, y como máximo en 24 horas de plazo.

El Cliente verificará la idoneidad del Módulo para guardar en él sus bienes, y los ubicará de forma que mantengan un equilibrio estable, que no dañen las paredes, el techo ni el suelo, y que no impidan el uso de las conexiones de aguas, las líneas de telecomunicación, los sistemas de seguridad, la corriente eléctrica, la detección de incendios ni la ventilación. El Cliente no podrá dejar bienes o desperdicios en otros Módulos, ni en las zonas comunes del Centro.

A partir de la fecha de impago o mora en el abono de cualquier cantidad devengada a favor de Zebrabox de conformidad con el presente Contrato, Zebrabox podrá suspender el código de acceso del Cliente al edificio o recinto donde se halle ubicado el módulo objeto del Contrato, pudiendo asimismo bloquear la apertura del Módulo, y suspender la cobertura del seguro de los bienes que el Cliente tiene almacenados en el Módulo.

El impago o la mora en el abono de cualquier cantidad devengada a favor de Zebrabox de conformidad con el presente Contrato generará, a partir de la fecha misma en la que ocurre la devolución o el rechazo del cobro por giro bancario domiciliado, o a partir del 10° día de mora en todos los demás casos, un recargo de 20€, más IVA/IGIC.

A partir de este momento Zebrabox reclamará al Cliente, mediante envío de correo electrónico, SMS o Whatsapp, el abono de las cantidades adeudas, apercibiéndole de las circunstancias previstas en los apartados siguientes.

  1. A partir del 30° día de mora, se notificará al Cliente la resolución del Contrato, y Zebrabox hará suyo el importe depositado en concepto de Depósito de Garantía, a cuenta de la deuda pendiente.

  2. A partir del día 40°, el Cliente faculta expresamente a Zebrabox para que pueda trasladar los bienes depositados a otro lugar de su elección o entregarlos a entidades sin ánimo de lucro, dejando el Módulo desocupado para el destino que Zebrabox estime conveniente. En tal caso, la apertura del Módulo se llevará a cabo mediante grabación en video. En caso de traslado de los bienes a otro lugar por falta de pago, se devengará a favor de Zebrabox en renta mensual del doble de la pactada en el Contrato resuelto por impago. Las Partes acuerdan que en relación con el traslado al que se refiere este apartado, el Cliente no podrá en ningún caso responsabilizar a Zebrabox del deterioro sufrido por los bienes con ocasión de su retirada del Módulo, que se entenderá realizada por cuenta y riesgo del Cliente.

  3. Al mismo tiempo, transcurridas ocho semanas desde la notificación al Cliente del traslado de los bienes a otro lugar sin que los reclame (si se produce tal situación), el Cliente acepta expresamente dar por abandonados dichos enseres, autorizando expresamente a Zebrabox para que, a su libre elección, pueda enajenar los bienes mediante subasta notarial o venta a una empresa de compraventa de objetos de segunda mano, haciendo suyo el Precio que se obtenga como pago de las rentas atrasadas, siendo a cargo del Cliente todos los gastos devengados como consecuencia de la enajenación, incluidos los honorarios, los gastos de subastas y las comisiones. El saldo resultante, de ser positivo, quedará en beneficio de Zebrabox, sin que el Cliente pueda reclamar nada por tal concepto, habida cuenta que ha dado por abandonadas sus pertenencias. Asimismo, no habiendo sido posible enajenar los bienes, o por ser su valor de mercado insuficiente, Zebrabox quedará definitivamente liberada de todo deber de custodia de los mismos, pudiendo dispensarles el destino que considere más conveniente, incluida su destrucción, la cual también será a cuenta y cargo del Cliente.

El Cliente se compromete a:

  1. Utilizar el Módulo y las restantes instalaciones del Centro con el debido cuidado y diligencia.

  2. Conocer la normativa de uso y acceso al Módulo y al Centro;

  3. Dar al Módulo el destino establecido en la estipulación séptima del presente Contrato;

  4. Poner solo un candado en la puerta de su modulo.

  5. Responsabilizarse de cuantos daños, menoscabos y desperfectos se produzcan por su culpa o en relación con los enseres almacenados, tanto en el Módulo como en el Centro, exceptuando los derivados del lógico desgaste producido por el uso;

  6. Informar a Zebrabox con la debida diligencia de la producción de cualquier daño en el Módulo o en el Centro;

  7. Resarcir el coste de la reparación de los posibles daños, menoscabos o desperfectos que le sean imputables en el plazo de una semana desde la reclamación por Zebrabox de dicho coste, pudiendo ser detraído del Depósito de Garantía una vez transcurrido dicho plazo. Si el Depósito de Garantía no fuera suficiente para cubrir el citado coste, Zebrabox requerirá al Cliente para que abone la cantidad correspondiente en el plazo de una semana desde la recepción del requerimiento. Transcurrido dicho plazo de una semana sin que el Cliente hubiera hecho efectivo el pago reclamado, serán aplicables a las cantidades adeudadas las prescripciones contenidas en la Condición General VIII;

  8. Adoptar todas las medidas precisas para almacenar los bienes en el Módulo de conformidad con la totalidad de las instrucciones comunicadas por Zebrabox en materia de seguridad e higiene, prevención de incendios, y, en general, de Acceso al Centro;

  9. Dejar dentro del Módulo un espacio no inferior a 60 centímetros entre los bienes y los dispositivos de iluminación y de protección contra incendios del Módulo;

  10. Cumplir de forma estricta con las normas de conducta referentes a la seguridad personal en el Centro, tales como uso de montacargas, equipos de carga, etc.;

  11. Introducir él mismo los bienes en el Módulo y ordenarlos/colocarlos él mismo, responsabilizándose de su recepción, carga y descarga;

  12. Utilizar el equipo de manipulación y descarga disponible en el Centro para facilitar la introducción de los bienes en el interior del Módulo, aceptando expresamente ser el único responsable del uso del mencionado equipo.

  13. No cometer, ni facilitar, ni preparar acciones criminales dentro o cerca del Centro, ni usar o presentar el Módulo para guardar materiales para fomentarlas o hacerlas posible.

Zebrabox garantiza al Cliente el libre acceso al recinto, nave o edificio en el que se halle el Módulo y al propio Módulo durante el horario y en los términos y condiciones establecidos según las condiciones estipuladas en este Contrato. Es condición indispensable para el libre acceso que el Cliente se encuentre al corriente del pago del Precio.

A los efectos de facilitar el acceso al Centro, Zebrabox facilitará al Cliente un código electrónico o magnético. Zebrabox no se hace responsable del uso que el Cliente haga del código ni del uso que del mismo hagan terceras personas con o sin conocimiento del Cliente.

El Cliente, salvo caso excepcional, no estará autorizado para acceder al Centro y al Módulo fuera del horario previsto en el anexo I que se entrega como parte integrante del presente Contrato, las cuales podrán ser modificadas por Zebrabox previo aviso al Cliente efectuado con una antelación mínima de 7 días naturales. El Cliente dispondrá de un plazo de una semana para, en su caso, resolver el Contrato y satisfacer las cantidades adeudadas a Zebrabox.

El Cliente se obliga a instalar en la puerta del Módulo un candado del modelo especificado por Zebrabox, haciéndose cargo de su compra y colocación. Igualmente asume en exclusiva la custodia de la llave del candado, responsabilizándose de su extravío y de su posible uso por parte de terceras personas.

El Cliente autoriza asimismo a Zebrabox a acceder al Módulo, en cualquier de los siguientes casos:

  1. A solicitud de las autoridades judiciales o administrativas competentes, y en especial, de los servicios policiales y de los bomberos, sin necesidad de previo aviso al Cliente;
  2. En situaciones de urgencia susceptibles de provocar daños en el Módulo o en general al Centro y a su contenido, sin necesidad de preaviso al Cliente;
  3. En situaciones de necesidad de efectuar reparaciones o reformas, con un preaviso al Cliente de una semana, dándole la oportunidad (voluntaria) de que presencie la apertura. Todo ello sin perjuicio de que, en caso de que el Cliente no presencie dicha apertura, exime de toda responsabilidad a Zebrabox de cualesquiera daños o pérdidas que pudieres acaecer;
  4. En caso de impago del Precio.
  5. En caso de resolución del Contrato por incumplimiento imputable al Cliente, sin necesidad de preaviso al Cliente.

 

El Cliente queda informado del posible uso del Centro para sesiones de entrenamiento y de control con perros adiestrados por los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado en aras a velar por el cumplimiento de la legislación vigente.

El Cliente se obliga a asegurar y mantener asegurados los bienes durante todo el periodo de vigencia del Contrato, mediante: (i) la adhesión a la Póliza de Seguro con la compañía propuesta por Zebrabox; y, en su caso, (ii) la suscripción por el Cliente de una Póliza de Seguro que cubra todos los riesgos a que se encuentre expuestos los bienes y, en particular, los riesgos causados por incendio, explosión, agua, humo y riesgos afines, así como de responsabilidad civil. A tal efecto el Cliente declara:

  1. Que se adhiere a la Póliza de Seguro con la compañía propuesta por Zebrabox, en su cobertura mínima, cuya prima es de cuatro euros (4.00€), sin perjuicio de lo establecido para el caso de variación en el valor de los bienes. Las condiciones con arreglo a las cuales se rige dicha Póliza de Seguro se recogen en el anexo II que forma parte integrante del presente Contrato; y
  2. Que consiente expresamente y acepta la extensión de esta cobertura mínima y, por tanto, el incremento de la prima prevista en el apartado a. anterior, si el valor real de los bienes supera el valor de la cobertura mínima, abonando a la firma del presente Contrato la cantidad prevista en la ficha firmada por el Cliente en concepto de prima de adhesión a la Póliza de Seguro con la compañía propuesta por Zebrabox durante todo el periodo de vigencia del Contrato, sin perjuicio de lo establecido para el caso de variación en el valor de los bienes; y/o
  3. Si tiene o no contratada una Póliza de Seguro que cubra los riesgos previstos en el presente apartado con la compañía aseguradora de su elección, facilitando copia de la misma a Zebrabox, junto con una declaración confirmando que el Cliente se encuentra al corriente en el pago de la primas correspondientes a dicha Póliza de Seguro.

 

En el supuesto del apartado b. anterior, la falta de pago de la prima de adhesión a la Póliza de Seguro implicará la inmediata suspensión de la cobertura adicional contratada. El Cliente declara que el importe estipulado en el documento adjunto es el valor real de los bienes, sin buscar ni aceptar para ello el asesoramiento de Zebrabox que nunca sería competente y, además, se obliga a:

  1. Limitar el valor declarado a un máximo de 25.000 euros a todos los efectos de este Contrato, aunque el Cliente estime que el valor real sea superior;

 

  1. Comunicar a Zebrabox toda variación en el valor de los bienes, a fin de que dicha variación pueda ser reflejada en la Póliza de Seguro y en el importe que el Cliente debe en su caso abonar en concepto de prima por la extensión de la cobertura de la Póliza de Seguro; y

 

  1. En el supuesto de que se haya comprometido a suscribir una póliza de Seguro con la compañía aseguradora de su elección y se produzca una variación en el valor de los bienes, comunicar a la Compañía Aseguradora dicha variación, con el objeto de que la misma pueda reflejarse en la Póliza de Seguro. Asimismo, el Cliente deberá comunicar por escrito a Zebrabox la variación en el valor de los bienes.

El Cliente será plena y exclusivamente responsable de:

  1. La guarda y custodia de los bienes y de todos los daños que los mismos puedan sufrir, incluso su deterioro, pérdida o sustracción, y aún en el caso de negligencia de Zebrabox.

  2. Todo daño producido por él mismo o por los bienes depositados en su módulo a cualquier persona o a cualquier bien situado en el Centro, o al Centro mismo.

El incumplimiento de una de las partes de las obligaciones que deriven del Contrato facultará a la otra a resolverlo, sin perjuicio de poder reclamar el resarcimiento de los daños y perjuicios que se le hubieran producido. De modo enunciativo y no limitativo, Zebrabox podrá resolver el Contrato en los siguientes supuesto:

  1. Falta de pago del Precio.
  2. Introducción o almacenamiento de bienes no admitidos en virtud del presente contrato.
  3. Incumplimiento de las disposiciones relativas al uso y mantenimiento del Módulo y al acceso al Módulo.
  4. Incumplimiento de las obligaciones de aseguramiento.

 

Sin perjuicio de lo previsto en relación al impago del Precio que se regirá de conformidad con la estipulación octava, Iuris Capital Services (o Zebrabox) sólo podrá dar por resulto el Contrato si:

  1. Previamente requiere por escrito al Cliente para que subsane el incumplimiento; y
  2. El Cliente no subsana el incumplimiento en un plazo de una semana desde la fecha de recepción del requerimiento.

 

Las Partes convienen que si por causa imputable al Cliente debiera darse por resuelto el Contrato, Zebrabox retendrá el importe del Depósito de Garantía en concepto de indemnización por la resolución del Contrato, sin perjuicio de que Zebrabox puede exigir, por todos los medios legales, el pago del Precio y del resto de cantidades de acuerdo con el presente Contrato, así como la reclamación oportuna de posibles daños y perjuicios.

El Cliente deberá haber retirado todos los bienes del módulo a la fecha de finalización del Contrato. Si el Cliente en la fecha de finalización del Contrato no hubiera retirado todos los bienes del Módulo, deberá pagar una penalización del 5% del Precio por cada día que transcurra hasta que haya retirado todos los bienes. En este supuesto y sin perjuicio de la aplicación de la anterior penalización, el Cliente autoriza expresamente a Zebrabox para que pueda actuar de conformidad a lo previsto en la estipulación octava (traslado, subasta, destrucción), transcurridas cuatro semanas a contar desde la fecha de finalización del Contrato.

Aunque Zebrabox normalmente no se hace cargo de entregas y/o recogidas durante la ausencia del Cliente, puede prestar este servicio en las circunstancias siguientes:

  1. Zebrabox sólo ofrecerá este servicio de modo ocasional durante su horario comercial, y en todo caso Zebrabox se reserva el derecho de decidir en cada caso si prestarlo o no;

  2. Zebrabox usará para ello un Módulo cerrado con su llave, protegido por el sistema de alarmas y diferente al Módulo del Cliente, al cual en ningún momento accederá, salvo según lo establecido en la estipulación décima.

  3. El Cliente avisará con 24 horas de antelación y durante el horario comercial de Zebrabox de la llegada de una entrega prevista en su ausencia y pagará a partir del segundo día después de la entrega el precio estándar de Zebrabox para un módulo de 1 m2 multiplicado por el espacio ocupado por la entrega no retirada por el Cliente; la entidad que recibe la entrega es a todos los efectos el Cliente, y nunca Zebrabox.

  4. El Cliente preparará con 24 horas de antelación y durante el horario comercial de Zebrabox una recogida prevista en su ausencia, y pagará a partir del segundo día antes de la recogida, y a partir del primer día después de una recogida frustrada, el precio estándar de Zebrabox para un módulo de 1 m2 multiplicado por el espacio ocupado por la recogida preparada por el Cliente, la entidad que libera la recogida es a todos los efectos el Cliente, y nunca Zebrabox.

  5. Zebrabox se limitará a abrir dicho módulo para que el transportista del Cliente pueda entregar o recoger los bienes del Cliente a su cuenta y riesgo, y en ningún caso Zebrabox participará o intervendrá en la manipulación de estos bienes;

  6. Los bienes entregados o recogidos en este servicio serán en todo momento considerados como bienes almacenados por el Cliente a su propia cuenta y riesgo en su propio Módulo, con su correspondiente cobertura de seguro según lo establecido en este Contrato, y el Cliente declara que Zebrabox no tiene en ningún momento estos bienes en depósito o bajo su custodia, y que Zebrabox no tiene responsabilidad alguna en el caso de perdidas, daños o perjuicios, incluso en el caso de negligencia de Zebrabox.

El Cliente no podrá ceder, en su caso alguno, su posición contractual a terceros.

Las Partes designan los domicilios y teléfonos de contacto que figuran en las Condiciones Particulares a los efectos de cualquier notificación que las Partes debieran practicarse. El Cliente deberá comunicar a Zebrabox todo cambio de su domicilio o sede social, así como de teléfonos de contacto que facilitará dentro del plazo máximo de una semana a partir de la fecha del cambio. Zebrabox se obliga a comunicar al Cliente por cualquier medio eficaz todo cambio de su domicilio social o cualquier otra circunstancia siempre y cuando afecte a la operatividad del servicio prestado. Las notificaciones que no se hubieran podido practicar por causa imputable al Cliente no perjudicarán a Zebrabox ni, en particular, obstaculizarán al desarrollo de los procedimientos establecidos en las estipulaciones contenidas en el presente contrato.

Este Contrato estará regulado y será interpretado de acuerdo con el Derecho español. Las partes definen el presente, como un Contrato de prestación de servicios atípico, amparado en el principio de autonomía de la voluntad consagrado en el artículo 1.255 del Código Civil.

Las partes convienen de común acuerdo que el presente Contrato se regirá prioritariamente por los acuerdos establecidos en el mismo, los cuales, siempre que no sean contrarios a derecho, dejarán sin efecto cualquier norma dispositiva que verse sobre materia reguladora por dichos acuerdos.

Los pactos contenidos en el presente Contrato quedan expresamente excluidos del ámbito de aplicación de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, así como las contenidas en el Código Civil en relación con el Contrato de Arrendamiento y con el Contrato de Depósito.

Para todas cuantas cuestiones puedan suscitarse respecto a la eficacia e interpretación de esta Contrato, las Partes se someten a la jurisdicción y competencia de las Juzgados y Tribunales de Barcelona, con renuncia expresa de cualquier otro fuero que pudiera corresponder. En caso de que se produzca la nulidad de cualquier cláusula del presente Contrato, dicha nulidad no afectará a la validez del restante. En tal caso, las Partes se comprometen de manera expresa a negociar en el plazo más breve posible la sustitución de dicha cláusula nula por una de espíritu análogo.

Para el debido cumplimiento de lo dispuesto en materia de protección de datos de carácter personal por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así como la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que es su desarrollo y trasposición en España, las partes manifiestan que:

Para gestionar este contrato, el Cliente AUTORIZA expresamente a que sus datos de carácter personal y cualesquiera datos de carácter personal que sean necesarios sean tratados por Zebrabox.

El Cliente AUTORIZA: el tratamiento de sus datos para que Zebrabox pueda remitirle comunicaciones e información adicionales sobre sus servicios y actividades, no relacionada directamente con este contrato.

El Cliente se compromete a que los datos y documentos que los contienen que proporcione a Zebrabox para la ejecución del contrato sean veraces y hayan sido obtenidos legítimamente.

Las finalidades legítimas del tratamiento de los datos de carácter personal son prestar correctamente el servicio de alquiler de trasteros (box) y servicios consustanciales y complementarios a sus CLIENTES; y llevar el seguimiento y archivo de expedientes de CLIENTES. Si así lo ha autorizado también es finalidad legítima la remisión de comunicaciones e información adicionales sobre los servicios y actividades de Zebrabox, no relacionada directamente con este contrato.

La legitimación del tratamiento es la relación contractual que se establece con este contrato y el cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del mismo. Si así lo ha autorizado el consentimiento expreso legítima la remisión de comunicaciones e información adicionales sobre los servicios y actividades de Zebrabox, no relacionada directamente con este contrato.

Los datos de carácter personal proporcionados por el Cliente podrán ser comunicados en los escritos y en los documentos anejos a éstos a las Administraciones Públicas, en su caso, para el cumplimiento del contrato encomendado, así como a otros profesionales que deban intervenir o sea conveniente que intervengan.

El Cliente tiene los derechos reconocidos en el Reglamento General de Protección de Datos a acceder, rectificar y suprimir los datos, solicitar la portabilidad de los mismos, oponerse al tratamiento y solicitar la limitación de éste.

Así el Cliente tiene derecho a acceder a sus datos personales y a obtener una copia de los datos personales objeto del tratamiento, a actualizarlos, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos. En determinadas circunstancias previstas en el artículo 18 RGPD, los interesados podrán solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso únicamente los conservaremos para prestar correctamente el servicio de alquiler de trasteros (box) y servicios consustanciales y complementarios a sus CLIENTES. Como consecuencia de la aplicación del derecho a la supresión u oposición al tratamiento de datos personales en el entorno on-line los interesados tienen el derecho al olvido según la jurisprudencia que el Tribunal de Justicia de la UE. El Cliente puede oponerse al tratamiento de sus datos con fines de mercadotecnia. 

El Cliente pueden ejercer sus derechos en las siguientes direcciones (si fueran distintas de los domicilios a efectos de notificaciones consignados en la Cláusula 17ª):

  • Mediante un escrito dirigido a la siguiente Dirección Postal
  • C / Laurea Miro 375. Sant Feliu de Llobregat (Barcelona)
  • Mediante correo electrónico dirigido al siguiente correo electrónico: clientes@zebrabox.es

 

Si considera que sus derechos no se atienden debidamente, tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, cuyos datos de contacto son:

 

Los firmantes acuerdan como medio de comunicación preferente para el desarrollo del trabajo el correo electrónico, conociendo y asumiendo el Cliente bajo su responsabilidad, que el correo electrónico puede presentar fallo o vulnerabilidades, sin perjuicio de la posibilidad de utilizar otros medios.

Asimismo, el Cliente acepta(n) explícitamente ser visualizado(s) y permanecer grabado(s) mediante el circuito cerrado de televisión que Zebrabox tiene instalado y opera en sus Centros. Asimismo, autorizan a Zebrabox a ceder los datos a los servicios policiales en el caso de una investigación.
Y en prueba de conformidad, firman las partes el presente Contrato y por duplicado en el lugar y fecha señalado en el encabezamiento.